Superintendencia sancionó a Corabastos por limitar la entrada de nuevos comerciantes
La Superintendencia de Industria y Comercio impuso sanciones económicas a la Corporación de Abastos de Bogotá S. A. y a dos personas vinculadas por infringir la Ley 155 de 1959. El ente regulador determinó que la sociedad realizó conductas destinadas a restringir el mercado de comercialización de bienes, servicios agroalimentarios y servicios complementarios en sus instalaciones.
La investigación técnica demostró que, durante 2022, la corporación modificó su reglamento interno con el fin de evitar el ingreso de ciertos comerciantes. Según la resolución, esta medida constituyó una barrera que limitó la participación de nuevos agentes en el mercado, lo cual afectó la competencia y la variedad de opciones disponibles para los consumidores y minoristas.
A través de la Resolución No. 32553 del 30 de abril, se fijaron multas que ascienden a $260 millones para la sociedad y un total de $71,2 millones para las personas naturales involucradas. La decisión se fundamenta en la relevancia de Corabastos como infraestructura esencial donde se moviliza más de 30% del abastecimiento nacional de productos.
La Superintendencia también emitió órdenes administrativas para que Corabastos elimine las disposiciones anticompetitivas de su normativa interna de forma inmediata. El objetivo de estas medidas es asegurar que la operación de la central mayorista se ajuste al régimen de libre competencia y garantice un acceso equitativo a sus instalaciones.
Hasta el momento, el acto administrativo se encuentra en proceso de notificación y no ha quedado en firme. Los sancionados cuentan con el derecho legal de interponer un recurso de reposición ante el despacho de la Superintendente de Industria y Comercio para cuestionar la decisión.