Reparos de Fedegan a cambios en la extinción de dominio rural
Agricultura

Reparos de Fedegan a cambios en la extinción de dominio rural

Suprimir la obligatoriedad de la visita a los predios para aplicar la extinción de dominio es uno de las principales observaciones
José Félix Lafaurie, presidente ejecutivo de Fedegan
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Luego de que el Ministerio de Agricultura, en cabeza de Jhenifer Mojica, publicara el proyecto de decreto con el que pretende agilizar procesos agrarios y cambiar la figura de la extinción de dominio rural,Fedegan publicó algunos reparos a la iniciativa del Gobierno.

José Félix Lafaurie, presidente ejecutivo de Fedegan, envió una carta a la ministra Mojica asegurando que dichas modificaciones y ajustes normativos incurren en afectaciones y excesos al ejercicio de la potestad reglamentaria. El líder gremial dijo que el acuerdo firmado el año pasado entre los ganaderos y el Gobierno ha tenido una respuesta positiva de quienes ofertan tierras.

Según Lafaurie, el acuerdo “ha contribuido de manera sustancial a un relacionamiento institucional pacífico y armónico, de manera que considero que no se hace necesaria la expedición de normas como las contenidas en el proyecto de decreto mencionado que, de acuerdo a diversos análisis desde el punto de vista jurídico, generan serios cuestionamientos y riesgos que más que contribuir a un adecuado ejercicio en la adquisición de tierras en la reforma rural integral, ponen en entredicho el respeto a derechos fundamentales”.

¿Qué reparos hizo el gremio?

El gremio dijo que, con el proyecto de decreto, se pretende reglamentar el artículo 53 de la Ley 160 de 1994, que no está vigente.Se debería reglamentar el Decreto Ley 902 de 2017 y respetar la etapa administrativa del procedimiento único”, advirtió Fedegan.

También explicó que hay procedimientos y trámites que no tienen soporte legal, como la inversión de carga de la prueba, inspección ocular, en vez una visita predio a predio. Fedegan explicó que dicho proyecto de decreto amplía los supuestos de hecho de la extinción de dominio, “a pesar de que existe una reserva legal en cuanto a esas causales”.

Otra observación del gremio está que suprime la obligatoriedad de la visita a los predios para aplicar la extinción de dominio, una medida obligatoria que establece la Ley 160 de 1994 y el Decreto de Ley 902 de 2017, para garantizar la verdad de la explotación del predio.

La entidad ganadera también dijo que “desestimula el uso de las pruebas directas para determinar la explotación de un predio. Modifica la prueba de la explotación económica, con ello se llevaría a que los usos que el gobierno no considere legítimos darían lugar a extinción del dominio”.

Aspectos sustanciales que ve el gremio en el decreto

Fedegan advierte que este proyecto de decreto traslada sistemáticamente la carga de la prueba al propietario.“Este asunto es de extrema gravedad y, por supuesto no puede hacerse por vía de reglamento. La carga de la prueba es una cuestión que goza de reserva legal, en la actualidad el Decreto Ley 902 de 2017 no la contempla”.

Otra observación tiene que ver con los conceptos de utilización irregular a los planes y proyectos de explotación definidos por el Gobierno, lo que “restringe los usos definidos en la Ley 200 de 1936 y 160 de 1994, que hablaban de explotación económica, sementeras, ganado, etc.”.

“Incluye como explotación irregular aquella que se produce con evasión tributaria, omisión de activos e inclusión de pasivos inexistentes. Estos asuntos no tienen nada que ver con aquellos respecto de los cuales es competente la ANT”, añadió Fedegan.

Finalmente advirtió que el proyecto de ley limita el concepto de explotación de terceros a la acreditación de un vínculo contractual (civil, comercial o laboral), “con lo cual buena parte de las relaciones de explotación de la tierra, basadas en la informalidad, no tendrían ningún valor”.

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