Medidas del ICA para evacuar animales de producción por alerta en Nevado del Ruiz
El Ministerio de Agricultura anunció por medio de un comunicado en su cuenta oficial de Twitter que el Instituto Colombiano agropecuario (ICA) activó los comités de gestión de Desastres de Tolima, Caldas, Risaralda, Quindío y Cundinamarca, para la gestión del riesgo de desastres que se puedan presentar en los departamentos que se encuentran dentro de la zona de influencia de riesgo ante una eventual emergencia dentro de los 15 kilómetros de redonda del volcán nevado del Ruiz.
La entidad estableció las siguientes condiciones para preservar la vida de los animales y la sostenibilidad de la producción agropecuaria en la región afectada por la manifestación de riesgo del evento natural ocasionado por el volcán Nevado del Ruiz.
En ese sentido el ICA establece las siguiente directrices, las cuales aplicarán en el marco de las medidas de gestión del riesgo de desastres ante la eventual evacuación por la situación presentada en la zona de influencia.
Medidas para la movilización de animales de producción y trabajo:
Se dará atención urgente y prioritaria para la expedición de guías sanitarias de movilización interna a los campesinos, productores y comercializadores que se movilicen de sus predios a albergues temporales por la coyuntura del volcán Nevado del Ruiz.
En caso de cambiar a estado de alerta a nivel rojo (III) podrá realizarse la movilización de animales sin la Guía Sanitaria de Movilización Interna Gsmi. Una vez los animales se encuentren en el destino, el productor deberá dentro de los ocho (08) días siguientes a la movilización, acercarse a la oficina local del ICA o convenio con alcaldía de la jurisdicción más cercana para informar el predio de destino de los animales.
Se autoriza el levantamiento provisional de bloqueos a la movilización de predios de origen que se encuentren ubicados en zonas donde se requiera la evacuación preventiva (alerta naranja) o de emergencia (alerta roja). Para este fin, el productor podrá solicitar la Gsmi sin importar cuál sea la razón del bloqueo sanitario y el ICA expedirá dicha guía con la correspondiente anotación de la razón del bloqueo para su posterior seguimiento.
Los predios de origen declarados libres de brucelosis y/o tuberculosis no requieren la presentación de pruebas diagnósticas para la expedición y autorización de Gsmi. La condición de hato libre de brucelosis y/o tuberculosis se mantendrá al retorno de los animales al predio de origen certificado en esta condición siempre y cuando sean los mismos animales del predio. A su retorno una vez superada la emergencia, el ICA podrá realizar muestreos oficiales de los animales que retornaron para verificar su condición sanitaria respecto a estas enfermedades.
Si el predio de origen es considerado predio en saneamiento por brucelosis o tuberculosis; el ICA realizará visita al predio de destino posterior a la llegada de los animales, para establecer las acciones necesarias que permitan continuar con el saneamiento por nexo epidemiológico.
En caso de que el predio de destino no cuente con Registro Sanitario de Predio Pecuario (Rspp), se asignará un Rspp por parte del ICA el cual será transitorio mientras se supera la situación de emergencia.