A lecheros de zonas de conflicto les pagarán el litro a precios competitivos
Mediante la puesta en marcha de una estrategia que busca incentivos para productores lecheros en las zonas más afectadas por el conflicto armado interno (Zomac), el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Comercio Industria y Turismo expidieron la Resolución 083 del 30 de enero; por medio de la cual, se establece una metodología de definición de precio competitivo de exportación.
Las condiciones establecidas en la resolución señalan que las compras de volúmenes de leche para exportación podrán realizarse de acuerdo con el precio competitivo, es decir, un valor por litro superior a $850, según los cálculos de la fórmula de precios definida. Adicionalmente, los proveedores de leche cruda deberán desarrollar su producción en los municipios Zomac con el apoyo de los industriales que participen en el programa.
El acto administrativo busca reforzar los programas y las políticas públicas para el desarrollo del campo y la incorporación económica y sostenible de las comunidades de las Zomac. Así mismo, se pretende desestimular la informalidad del sector.
“Nos hemos dado a la tarea, a través de un trabajo articulado con Mincomercio, de diversificar las exportaciones de los productos agropecuarios, incluyendo la leche y los derivados lácteos”, afirmó el ministro de Agricultura, Juan Guillermo Zuluaga.
El funcionario explicó que pese a que Colombia está entre los cinco principales productores de leche en América Latina con una producción estimada de 19 millones de litros diarios, según estadísticas de la FAO, la formalidad del sector, en cuanto acopio y transformación, llega a 48%.
Cabe anotar que la resolución establece que es un acuerdo de venta y compra voluntaria entre el productor y la industria. Además, la producción es solamente con fines de exportación y requiere un contrato de proveeduría donde se acuerde el volumen excedentario y se realice bajo un criterio de rentabilidad para los productores colombianos.
La Unidad de Precios de leche del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural hará un seguimiento diario al cumplimiento de los requisitos que se estipularon en la 083.
Para conocer el texto completo de la Resolución 083 en https://www.minagricultura.gov.co/Normatividad/Resoluciones/Resoluci%C3%B3n%20No%20000083%20de%202018.pdf