“Sanciones contra invasiones y delitos ambientales deben ser más drásticas”
Los aires de posconflicto que se avecinan en Colombia a nivel económico, político y social han desencadenado, entre otras situaciones, una ola de invasiones a la propiedad privada en algunas zonas del territorio nacional.
Algunas de las ya identificadas son el Urabá, el norte del Cauca y el sur del departamento del Huila. A este crítico problema se suma el daño económico ocasionado por presuntos invasores en fincas.
Robo de madera, tala de árboles, daño a los cultivos son acciones que, según denuncias, la Fiscalía General de la Nación acumula, pero en las que no actúa con prontitud y que se dan ante los ojos pasivos de los organismos competentes, como gobernaciones y corporaciones autónomas regionales.
El abogado penalista Francisco Bernarte argumentó que es importante partir del hecho de que en el país la invasión de tierras es un delito que está tipificado en el Código Penal. “El asunto ahí es que las penas no son propiamente las más elevadas”, indicó.
El artículo 261 de dicho documento hace referencia a la usurpación de tierras, en la que la persona para apropiarse de un inmueble destruyen las señales que fijan sus límites. Por esto podrá pagar penas de entre 48 y 54 meses de prisión y multas de hasta 75 salarios mínimos mensuales vigentes.
A su vez, la invasión de tierras, consignada en el artículo 263, tiene penas que van de 32 a 90 meses de prisión, que pueden llegar hasta los 8 años si se logra establecer quién fue el director de la invasión. La sanción económica está entre los 50 y los 200 salarios mínimos mensuales vigentes.
“En el caso de daños al ecosistema es un poco más complicado, porque se necesita identificar exactamente cuáles fueron las acciones tomadas para determinar si puede considerarse dentro de los delitos ambientales”, argumentó.
Al respecto, la bióloga Brigitte Baptiste, directora del Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt, indicó que en Colombia no se tiene la suficiente experticia en peritajes para definir ese daño ambiental y, en ese sentido, esa es una condición que debe pensar el país en general para hacer cumplir la normatividad ambiental. “En muchas circunstancias las ONG y organizaciones civiles pueden protestar y reclamar, pero mientras no haya una decisión fuerte de hacer cumplir la ley no vamos a ir mucho más lejos”, aseveró.
Por otra parte, la coordinadora del Observatorio de Restitución y Regulación de Derechos de Propiedad, Rocío Peña, señaló que, en cualquier caso, es importante que el Estado colombiano tenga en cuenta que en el contexto del posconflicto existen personas que denuncian penalmente a reclamantes como miembros de grupos al margen de la ley o como invasores, por lo que se retrasan los procesos.