ICA invita a los algodoneros de Córdoba a destruir socas en los tiempos establecidos por la entidad
Con el fin de prevenir, controlar y erradicar las plagas que pueden afectar la producción, el ICA les recuerda a los agricultores de Córdoba que deben destruir las socas de algodón inmediatamente se termine la recolección del lote.
En la resolución 072079 del 2020, el Instituto estableció las etapas y fechas para la destrucción de socas de algodón y de los cultivos abandonadas para la temporada 2020-2021.
Primera destrucción
Total de la parte aérea de las plantas de algodón inmediatamente se termine la recolección de cada lote en particular, por medios mecánicos o manuales. En ambos casos esta deberá quedar suficientemente picada o desmenuzada para lograr su total descomposición, fijándose corno fecha límite así:
1. Zona Alta: Hasta el 15 de marzo del 2021
2. Zona Media: Hasta el 15 de abril del 2021.
3. Zona Baja: Hasta el 15 de abril del 2021
Segunda destrucción
De los rebrotes (parte radicular), algodones espontáneos y plantas germinadas, que aparezcan en el área que fue sembrada en algodón por medio mecánico y químico, cuando se haga por medio químico adicionalmente se debe utilizar un insecticida que controle el remanente de picudos (Anthonornus grandis) en los lotes, fijándose corno fecha límite:
1. Zona Alta: Hasta el 15 de abril del 2021.
2. Zona Media: Hasta 10 de mayo del 2021.
3. Zona Baja: Hasta el 10 de mayo del 2021.
“En el departamento de Córdoba, en la temporada algodonera 2020-2021, se sembraron aproximadamente 3.824 hectáreas, siendo el picudo del algodón un insecto endémico que afecta considerablemente los rendimientos y la rentabilidad del cultivo”, indicó la gerente seccional del ICA en Córdoba, Tany Luz Padilla.
Igualmente, el ICA estableció el período de veda para la Zona Alta desde el 16 de abril de 2021 hasta el 5 de agosto de 2021, para las Zonas Media y Baja desde el 11 de mayo de 2021 hasta el 11 de agosto de 2021.
Durante el período de veda se prohíbe la siembra de algodón, la existencia de socas, rebrotes, algodones voluntarios o germinados y cultivos de algodón abandonados. El establecimiento de cultivo trampas deben ser registrados y contar con la autorización del ICA.