El ICA actualizó requisitos para el registro sanitario de predio pecuario en Colombia
El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), actualizó los requisitos para el Registro Sanitario de Predio Pecuario para todo el territorio nacional. El propósito de la actualización fue formalizar a los productores, y así, mitigar riesgos que puedan afectar la sanidad de la producción primaria.
Así lo estableció el Instituto a través de la Resolución 90464 del 2021, que estipula los requisitos para que toda persona natural o jurídica, titular de predios pecuarios, cumpla con el registro de manera ágil y sencilla. Esto aplica para las fincas destinadas a la producción de animales de las especies bovina, bufalina, équida, porcina, ovina, caprina, aviar y de acuicultura..
La información de los reportes de ciclos de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis de las especies bovina y bufalina, funcionará también para el registro sanitario. Para la especie porcina será tomada la base de datos del programa de vacunación e identificación contra peste porcina clásica.
Los predios productores de las especies bovina y bufalina que se encuentren en zonas libres de fiebre aftosa sin vacunación, deberán presentar un documento en el que se indique nombre del predio, número de animales, sexo y categorías de edad.
Estos son los requisitos para cada especie:
Équidos: Se debe presentar copia del certificado de vacunación de encefalitis equina venezolana (EEV). Quien no cumpla con el requisito de vacunación tendrá que presentar un documento suscrito por el responsable de los animales dirigido al ICA, en la que indique nombre de predio, número de animales, sexo y categorías de edad de los animales que se encuentran en el predio.
Ovinos – Caprinos: presentar documento suscrito por el responsable de los animales dirigido al ICA en la que indique nombre del predio, especie, tipo de producción, tipo de identificación que usa en su producción, número de animales por especie, sexo y categorías de edad de los animales que se encuentran en el predio.
Aviar: presentar documento suscrito por el responsable de los animales dirigido al ICA en el que indique nombre del predio, extensión en hectáreas del área dedicada a esta actividad, infraestructura, capacidad instalada y capacidad ocupada.
Acuicultura: presentar documento suscrito por el responsable de los animales dirigido al ICA en la que indique nombre del predio, extensión en hectáreas del área dedicada a esta actividad, si se desarrolla en un cuerpo de agua natural o artificial deberá indicar su nombre, número de tanques, estanques, jaulas, jaulones, piscinas y/o acuarios, fases de producción que se desarrolla en el predio, número de ciclos realizados al año, tipo de especie(s) cultivada(s), indicando nombre común y científico, inventario animal de acuerdo a la etapa de producción al momento del registro.